Instituto Bernardo D’Elía
Acuerdo Escolar de Convivencia
“Educas cuando con tu vida haces presente a Dios”
La complejidad de lo social se hace vida al interior de las instituciones, reproduciendo modos de convivir dentro de los centros educativos y dándole un matiz a la manera de gestionar los mismos
Ante este contexto es necesario favorecer condiciones básicas institucionales para una convivencia democrática que propicie el desarrollo de la vida en sociedad, acentuando la responsabilidad que tienen todos los integrantes de la comunidad educativa en este proceso en tanto son sujetos de derechos y obligaciones.
Hoy reconocemos más que nunca la dimensión social de la educación. No se reduce a las escuelas, por esta razón es necesario crear hacia su interior condiciones de posibilidad que permitan y viabilicen la transmisión cultural. Este desafío que enfrentan debe generarse desde las nuevas formas de relaciones interpersonales y sustentarse en la construcción de una convivencia democrática.
Para ello consideramos que debe incluirse en lo escolar:
– La relación entre Institución social y Normas: no hay institución sin normas, sin una explicitación de lo bueno y lo malo; no hay humanización sin normas, pues lo normativo es cultural. Pero debemos diferenciar entre norma y sanción.
– La Autoridad: no hay educación sin autoridad. No hay educación sin asimetría. Las diferencias entre los sujetos institucionales deben estar regladas. No se puede plantear como autoritario al intento de transmitir normas-cultura que conllevan “asumir compromisos por más que me resulten incómodos, laboriosos, tensionantes o no me gusten”; dentro de la misión que nos confía la Iglesia en la Educación Católica iluminados a la luz de los principios cristianos.
– La Democracia: democracia no es igual a anarquía o a relativismo (todo vale o el discurso de la diversidad o la igualdad cuando conlleva el supuesto que todo es construcción social y que no existen valores universales).
– El cambio social: no todo cambio implica una transformación humanizante. Es fundamental la cuestión de sostener los valores universales: la vida, la familia, protección y cuidado a los “recién llegados”, la educación, la salud, un mundo mejor…
– La Autonomía y “lo común” como fundamento de la convivencia. La importancia del acuerdo y de llevar a las últimas consecuencias lo acordado (conocimiento y respeto de la norma). La autonomía no puede significar “hacer lo que tengo ganas”, sino un compromiso consciente con lo común en el espíritu de la Escuela Católica.
– La relación Escuela – Familia que, si bien se complementan, no se superponen. La familia, como primera educadora, se diferencia de las escuelas como instituciones sociales (políticas y jurídicas) que tienen el mandato de la transmisión cultural en forma sistemática e intencionada. Allí el derecho de los padres a elegir las escuelas. Eligen una escuela por lo que hace, eligen la perspectiva que anima sus tareas cotidianas. En nuestro caso, eligen una escuela católica, una escuela pública de gestión privada. Pero también ese derecho de elegir trae aparejado obligaciones y compromisos respecto a la escuela que se elige.
La realidad de la escuela actual requiere que se establezca hacia el interior de la misma un espacio armónico en el cual llevar adelante el proyecto pedagógico y preparar a los jóvenes para una participación basada en el respeto de las diferencias y en la convicción de la existencia de soluciones pacíficas a los conflictos interpersonales con justicia, solidaridad y respeto, valores que forman parte de nuestra vida cotidiana
La construcción de acuerdos escolares de convivencia tiene por finalidad contribuir al desarrollo y fortalecimiento de todas las dimensiones de la persona.
“La finalidad de la Comunidad educativa es hacer que la escuela católica sea siempre formadora del hombre libre y responsable, capaz de vivir en el interior de sí el diálogo íntimo con Dios y capaz de existir en el mundo hasta comprometerse por los valores que construyen siempre y en todas parte la persona, la familia, la sociedad, la comunidad internacional en la justicia y la paz” (Pablo VI).
Un hombre libre puede elegir entre el respeto a las normas consensuadas o la trasgresión a las mismas, siendo plenamente consciente de su accionar; consideramos que pautas claras de convivencia lo hacen optar por lo primero. Sin embargo las normas de convivencia no pueden limitarse a que los alumnos cumplan una reglamentación, acepten una orden o realicen determinados actos. Las normas de convivencia deben abarcar todas y cada una de las actividades de la totalidad de los integrantes de la Comunidad del Instituto.
La presencia de normas en la escuela significa la presencia de límites a determinadas conductas. No hay convivencia escolar posible sin un encuadre, sin límites aceptados por todos. Respetar las normas supone controlar y autolimitar los propios deseos y la propia agresividad. La norma es materia educativa, es parte del currículo de enseñanza y se inspira en valores éticos, sobre lo que está “bien o mal”; sirve para establecer las normas morales, lo que puedo o no hacer, garantizando el bien común.
La sanción se aplica cuando se quebranta la norma, es consecuencia del incumplimiento de la misma. La sanción se aplica para evitar la injusticia y la impunidad, y favorece a un aprendizaje cognitivo que consiste en poder establecer una relación acción-consecuencia.
Toda sanción tiene finalidad educativa y debe guardar relación con la gravedad de la falta cometida. Cada sanción que se aplica requiere de una instancia de reflexión conjunta sobre los comportamientos inadecuados, buscando la modificación de la conducta a partir de la toma de conciencia respecto a las consecuencias de la transgresión cometida y de la asunción de un compromiso por parte de los sujetos involucrados en la situación. Este principio se aplica tanto para las transgresiones y las sanciones más leves como para las más graves.
– Amor: como principio que crea y sustenta las relaciones humanas, dignas y profundas, sostenidas por la fe, genera una base fuerte para la iniciativa y la acción y hace posible el cambio, el desarrollo y los logros, eliminando las tendencias a controlar o a ser dependiente, y asegurando la bondad, el cuidado y la comprensión amistosa y como contribución al compromiso profundo de relación, vínculo, servicio, donación y búsqueda del otro, fundado en la tolerancia y el diálogo.
– Respeto: como la actitud de valoración por el otro, por la vida, la integridad física y moral de las personas, como así también a los bienes de las personas y de la Institución; ninguna forma de maltrato o falta de respeto será aceptada entre los miembros de la comunidad educativa.
– Solidaridad: como el reconocimiento de las posibilidades propias para colaborar con los otros entendiendo y reconociendo el acercamiento de los demás en sentido de reciprocidad.
– Equidad: en la aceptación de la diversidad de opinión social, étnica, cultural y religiosa y en el rechazo a todo tipo de discriminación negativa, considerando la posibilidad de reconocimiento de las diferencias como oportunidad de enriquecimiento personal.
– Honestidad: como cualidad humana por lo que la persona se determina a elegir actuar siempre basado en la verdad para no involucrarse ni involucrar a otros en actos que demuestren mala fe, falsedad, etc. y todas aquellas acciones que impliquen no valorar la verdad como bien supremo e insustituible.
– Justicia: en cuanto a dar a los demás lo que es debido de acuerdo con el cumplimiento de sus propios deberes y de acuerdo con los derechos personales, dando a cada quien lo que corresponde.
– Responsabilidad: como condición indispensable para el ejercicio de la libertad individual, en un marco de compromiso ético y social.
– Tolerancia: como la capacidad de saber escuchar y aceptar a los demás, valorando las distintas formas de entender y posicionarse en la vida siempre que no atenten contra los derechos fundamentales de la persona.
La comunidad del Instituto Parroquial Bernardo D´Elía
Nuestra Institución educativa, como espacio social abierto, tiene como misión la formación integral de la persona en los valores evangélicos posibilitando que los jóvenes sean capaces de elaborar y concretar su proyecto de vida, asumiendo en el futuro ideas y hábitos democráticos.
Sostenemos la idea de una educación atendiendo a todas las facetas de la persona. En la formación integral de un ser humano bueno, responsable, libre, auténtico, protagonista, entusiasta, comprometido, abierto, sensible, solidario, respetuoso, optimista y preparado en su camino hacia la vida adulta.
Para ello la generación de espacios de diálogo, espacios de reflexión y de acción, propiciarán canales de confianza y respeto recíproco, aprendiendo y fortaleciendo la vida en “convivencia”, sin olvidarnos de reír. Se intenta permanentemente que todo trato sea respetuoso y sin discriminación, en el que prevalezca la escucha, el compromiso y los valores que permiten gozar a cada miembro de la comunidad educativa de su condición de persona y de miembros de una comunidad educativa confesional. Es fundamental que cada persona sienta que recibe el apoyo necesario para su crecimiento espiritual y profesional, en una relación caracterizada por valores como la democracia, la equidad, la creatividad, el respeto, la cordialidad, la responsabilidad, la comprensión.
Aprender el respeto por la norma, comprender su sentido, participar en su producción y aceptar sus límites es un modo decisivo de aprender a respetar la ley que, a su vez, es una parte importante del desarrollo de una cultura democrática en las instituciones.
Acuerdo Escolar de Convivencia del Instituto Parroquial Bernardo D´Elía Los fundamentos de este acuerdo de convivencia, los principios y criterios nos permiten reconocer que la escuela debe ser el escenario de un diálogo intergeneracional fecundo, maduro y creativo que ratifique a los adultos en sus roles de autoridad, a la vez que posibilite a los jóvenes a crecer y educarse en valores, conocimientos, saberes y habilidades.
Es importante crear un contexto de cooperación escolar y la conciencia de que trabajar juntos, jóvenes y adultos, facilitará el logro de metas compartidas, basado en un clima de confianza y respeto mutuo, legitimando los intereses propios y ajenos y buscando soluciones que satisfagan las necesidades de ambas partes. En la interacción con las otras personas los estudiantes tienen que controlar, modificar y adaptar su conducta con el propósito de actuar de una manera apropiada y competente. Para ello deben tener la oportunidad de tomar decisiones con respecto a la forma de comportarse y atenerse a las decisiones tomadas.
Cuando ellos intervienen en los asuntos que los afectan se generan sentimientos de responsabilidad y autonomía, se fortalecen las relaciones al aumentar la confianza en la resolución de los desacuerdos. La convivencia pensada como una red de vínculos interpersonales y el aprendizaje se condiciona mutuamente. Sólo cuando se privilegian el respeto mutuo, el diálogo y la participación, se genera un clima adecuado para posibilitar el aprendizaje. Al mismo tiempo, el aprendizaje de conocimientos socialmente significativos incluye acciones ligadas al proceso de socialización del joven: comunicación, respeto, participación y compromiso. En este sentido los adultos colaborarán para que los educandos no incurran en actos inadecuados que puedan constituirse en faltas disciplinarias, teniendo presente las condiciones sociales y culturales del educando y las condiciones y medios en que se desarrolla su aprendizaje. El orden institucional debe ser el resultado del ejercicio responsable de la función que les compete a cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa.
Esta propuesta permite que los alumnos tengan un trayecto escolar otorgando significatividad a cada acción. La tarea de acompañamiento y de diálogo se expresa en dos instancias fundamentales:
– Proyecto de Educación en el Amor (PEA): Educación sexual integral: formación armónica, equilibrada y permanente en los aspectos biológico, psicológico, social, afectivo, ético y espiritual. Favorecer el desarrollo de 3 valores fundamentales: autoestima, asertividad y resiliencia que permitan a nuestros alumnos la promoción de proyectos de vida saludable y la prevención de situaciones problemáticas
– Diálogo con alumnos, con alumnos familia y escuela, alumnos y docentes, familias y docentes, plasmando en actas que den cuenta del recorrido que se realiza con los jóvenes para que comprendan las pautas de convivencia establecidas necesarias para una vida institucional apropiada y el reconocimiento de los errores y los límites.
Las pautas y límites no reconocidos o comprendidos en el marco de esta propuesta de acompañamiento se reglamenta, considerando que si el alumno incurre en acciones sancionables habrá que determinar las causas y motivaciones que originaron tales acciones con la colaboración de los profesores, preceptores, el alumno y su familia y el equipo directivo, procurando una reflexión que lleve a la rectificación de esas acciones y a la adaptación del estudiante al sistema de convivencia institucional.
Son derechos del Equipo Directivo:
Art 1: Ser reconocidos en su condición de autoridad institucional en sus facultades de toma de decisiones de acuerdo a sus funciones y responsabilidades establecidas en la Normativa Escolar vigente.
Art 2: Comprometerse con valores democráticos (derecho-deber).
Art 3: Recibir y tener acceso a la información pertinente, veraz y oportuna por parte de los miembros de la Comunidad Educativa que le permita conocer todos aquellos aspectos de la vida escolar que puedan influir en las personas a su cargo para poder ayudarlos en el proceso formativo.
Art 4: Ejercer su labor en condiciones favorables y disponer del espacio adecuado para el desempeño de su función.
Son deberes del Equipo Directivo:
Art 5: Conocer las funciones y compromisos propios de su cargo según la Legislación Escolar vigente.
Art 6: Estimular y afianzar a la Comunidad Educativa promoviendo la animación y coordinación de la implementación y evaluación del Proyecto Educativo de la Institución.
Art 7: Orientar y estimular a las personas bajo su cargo para que logren un máximo rendimiento en las tareas asignadas promoviendo y organizando actividades necesarias para lograr en las personas una formación integral.
Art 8: Fomentar y contribuir a mantener un ambiente agradable y de sana convivencia entre todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
Art 9: Servir de instancia última para la resolución de conflictos que se puedan presentar entre los miembros de la Comunidad Educativa.
Art 10: Considerar y analizar las iniciativas o proyectos surgidos de los distintos organismos que funcionan en la institución, tomando las decisiones pertinentes para su debida ejecución. Sólo para aquellos casos que, además de analizar y considerar, se decida ejecutar.
Art 11: Actualizarse constantemente sobre las temáticas pertinentes a su función.
Art 12: Cumplir con el horario establecido para la función.
Art 13: Su presentación personal debe ser con atuendo formal y acorde a su función.
Son derechos de los Secretarios y Auxiliares:
Art. 1: Ser respetados y escuchados sin discriminación.
Art. 2: Disponer del espacio adecuado para el desempeño de su función.
Art. 3: Opinar en la determinación de decisiones.
Art. 4: Capacitarse periódicamente.
Art. 5: Participar de todas las reuniones.
Art. 6: Recibir la colaboración de los auxiliares docentes.
Art. 7: Participar de la organización institucional.
Son Deberes de los Secretarios y Auxiliares:
Art. 8: Respetar a todos los integrantes de la comunidad educativa.
Art. 9: Ser ordenados, responsables, comunicativos, cordiales, idóneos y rápidos para realizar trámites e integrados a la comunidad educativa.
Art. 10: Asistir a las reuniones de personal.
Art. 11: Participar de la organización Institucional.
Art. 12: Participar en la elaboración y control del Proyecto Educativo Institucional.
Art. 13: Comprender la problemática del medio en que está inserta la escuela y actuar en función de sus necesidades.
Art. 14: Gestionar aquellos trámites que sean necesarios ante los organismos pertinentes.
Art. 15: Informar a los auxiliares docentes acerca de la forma de realizar las tareas específicas y el tiempo asignado a cada una de ellas.
Art. 16: Realizar sus funciones de acuerdo a la Normativa y Legislación vigentes.
Art. 17: Presentarse con atuendos formales y acordes a su función.
Son derechos de los Docentes:
Art. 1: Ser respetados sin discriminación por los alumnos, padres o tutores, preceptores, directivos y demás personal del Establecimiento.
Art. 2: Participar en la propuesta y desarrollo de proyectos y experiencias educativas innovadoras, para mejorar la calidad de enseñanza en el Establecimiento.
Art. 3: Promover la renovación bibliográfica y de materiales didácticos en general.
Art. 4: Ser valorados en:
Inc. a: Su colaboración en la determinación de los problemas existentes y posibles soluciones.
Inc. b: Su participación en el estudio de planteos didácticos y en la organización de los recursos para mejorar el rendimiento de los alumnos.
Inc. c: La organización de los actos escolares y eventos relacionados con la escuela y la comunidad.
Art. 5: Exigir a los alumnos conductas responsables en el desempeño de sus tareas.
Art. 6: Citar a padres cuando la conducta o el rendimiento del alumno así lo requieran.
Art. 7: Solicitar entrevistas a cualquier miembro del establecimiento a fin de aclarar cualquier tipo de dudas relacionadas con la tarea escolar.
Art. 8: Recibir el apoyo necesario para su mejoramiento espiritual y profesional.
Art 9: Respetar la hora de clase de cada docente evitando las interrupciones innecesarias.
Son deberes de los Docentes:
Art. 10: Ser comprensivos, respetuosos, cordiales, responsables, no discriminativos, equitativos y organizados.
Art. 11: Cumplir con las Normativas y Legislación Escolar vigente.
Art. 12: Desempeñar con dedicación y compromiso la función que les corresponde.
Art. 13: Dar buen ejemplo dentro y fuera de la Institución y poseer excelente vocabulario y cultura general.
Art. 14: Demostrar capacidad de escucha y comprensión.
Art. 15: Ser solidarios y fomentar la solidaridad entre los alumnos.
Art. 16: Ser democráticos, participativos, autocríticos, no imponer ideologías personales.
Art. 17: Legitimar su autoridad en una actitud de abierta comunicación y en el saber, evitando el abuso de poder en cualquiera de sus formas.
Art. 18: Estar actualizados e informados sobre sus estudiantes.
Art. 19: Trabajar en equipo con los demás docentes.
Art. 20: Actualizarse constantemente sobre temáticas específicas a su función.
Art. 21: Cumplir el horario establecido para su función.
Art. 22: Reconocer como autoridad al personal directivo del Establecimiento.
Art. 23: Cumplir y hacer cumplir las normas acordadas:
Inc. a: No utilizar ni mantener encendidos dentro del aula o lugar donde se lleve a cabo la clase teléfonos celulares y/o cualquier otro aparato que no tenga fines exclusivamente didácticos salvo que mediare una circunstancia real de emergencia la cual deberá ser comunicada a los directivos, preceptores y estudiantes al ingresar al aula priorizando el respeto mutuo y la solidaridad.
Inc. b: No consumir agua, bebidas o alimentos, ni tomar mate en el aula durante el dictado de clases salvo que la ingesta de los mismos fuera justificada con certificado médico.
Inc. c: Concurrir al Establecimiento con vestimenta formal y acorde a su función, evitando el uso de escotes y pantalones ajustados.
Inc. d: Mantener a los alumnos en el aula durante el dictado de clases, y hasta quince minutos antes de concluir la clase cuando hubiere finalizado una evaluación.
Inc. e: Ningún docente podrá retirar del curso estudiantes fuera de su horario de clase sin el debido consentimiento del docente a cargo en ese momento y siempre que el contenido de tal requerimiento se vincule a un proyecto común de ambos docentes. También se autorizará el retiro por parte de preceptores o el Gabinete de orientación si requiere contención en situaciones especiales.
Inc. f: Entregar a término las calificaciones de los alumnos y comunicar a los interesados los resultados alcanzados.
Inc g.: Anotar en el parte diario la falta de presentación del cuaderno de comunicaciones u otra falta como mascar chicles, comer golosinas; el incumplimiento del uniforme, etc. para que sea sancionado por su preceptor porque se han agotado las instancias de diálogo previas.
Inc h: No cambiar las fechas de las evaluaciones o trabajos de revisión y de presentación de prácticos sin comunicar con tiempo a los alumnos.
Inc i: No calificar a los alumnos sobre temas no desarrollados en clase.
Inc. j: No solicitar sanciones individuales o colectivas sin causa justa.
Inc k: Reservar con anticipación la sala de computación, el laboratorio, sala de video, biblioteca y otros elementos didácticos.
Inc. L: Solicitar autorización a los padres para la publicación de fotos y videos de los estudiantes con fines educativos.
Inc m: Retirar a los alumnos las tareas de otras asignaturas que sean realizadas durante la hora de clase.
Art. 24: Colaborar con los preceptores en el cuidado de la disciplina durante los actos u otras actividades institucionales.
Art. 25: Colaborar con el personal de maestranza fomentando en los alumnos el mantenimiento, la higiene y el cuidado de los espacios utilizados.
Son derechos de los Preceptores:
Art. 1: Ser respetados y apoyados por el resto de la Comunidad Educativa.
Art. 2: Ser escuchados y no ser discriminados.
Art. 3: Trabajar en un ambiente de cordialidad y camaradería.
Art. 4: Participar en la determinación de medidas disciplinarias o de conjunto que contribuyan al mejoramiento de la convivencia.
Art. 5: Intervenir en situaciones de conflicto con cualquier alumno de la Escuela.
Art. 6: Participar de las reuniones de personal para acordar estrategias de funcionamiento adecuadas.
Art. 7: A coordinar tareas con los otros preceptores de manera tal que el desempeño de sus funciones sea eficiente.
Art. 8: Capacitarse permanentemente.
Son deberes de los Preceptores:
Art. 9: Actualizarse constantemente sobre temas vinculados a problemáticas de los estudiantes.
Art. 10: Ser comprensivos, respetuosos, cordiales, responsables, no discriminativos, equitativos, solidarios y organizados.
Art. 11: Presentarse con atuendos formales y acordes a su función.
Art. 12: Comprometerse con la Institución y trabajar en forma conjunta con los demás miembros de la Comunidad Educativa.
Art. 13: Ser colaboradores, democráticos, informadores eficaces con los estudiantes e integrados a los cursos.
Art. 14: Realizar sus funciones acorde a las tareas asignadas por la Legislación Escolar vigente y los Acuerdos Escolares de Convivencia.
Art. 15: Percibir y transmitir información relevante y significativa proveniente de los alumnos, padres y docentes para el beneficio de los alumnos.
Art. 16: Cumplir con los horarios establecidos (7:30 a 12:55 hs.)
Art. 17: Intervenir en las situaciones conflictivas como intermediario entre alumnos y docentes.
Art. 18: Apoyar y colaborar con los profesores.
Art. 19: Desempeñar el cargo con responsabilidad manteniendo al día la documentación pertinente.
Art. 20: Hacerse responsable de los grupos de alumnos en caso de ausencia de profesores, con las actividades que los mismos hayan dejado por su ausencia o actividades programadas para horas libres, siempre en el marco de Proyectos propuestos por la escuela.
Art. 21: Mantener el orden y la disciplina durante los actos escolares.
Art. 22: Atender a los problemas de salud de los alumnos hasta que reciban atención médica o el retiro de los mismos a su domicilio.
Art. 23: Escuchar a los alumnos y canalizar sus inquietudes, ayudarlos y acompañarlos en su actividad diaria basándose en el respeto por las diferencias y en la convicción de la existencia de soluciones pacíficas a los conflictos interpersonales.
Art. 24: Proponer al Equipo Directivo sanciones para los alumnos que incurrieran en faltas de disciplina asegurándose que han comprendido el respeto por la norma, inspirada en valores garantizando el bien común.
Art. 25: Observar los partes diarios áulicos para trabajar conjuntamente con los docentes que harán las observaciones pertinentes en ellos.
Art. 26: Colaborar con el personal de maestranza fomentando en los alumnos el mantenimiento, la higiene y el cuidado de los espacios utilizados.
Son derechos del Bibliotecario:
Art. 1: Ser respetado y escuchado sin discriminació
Art. 2: Disponer de un espacio adecuado para el desempeño de su función.
Art. 3: Capacitarse periódicamente.
Art. 4: Recibir la colaboración de los preceptores y docentes.
Art. 5: Participar de las reuniones de personal.
Art. 6: Solicitar sanción a los alumnos que causan disturbios dentro de la Biblioteca o que no devuelven los libros solicitados en tiempo y forma.
Son deberes del Bibliotecario:
El bibliotecario/a estará al servicio del proceso de enseñanza y de aprendizaje de la comunidad educativa, ofreciendo el espacio para el uso del material bibliográfico u hacerlo accesible para su uso en aulas o los espacios designados por el docente para el desarrollo de sus contenidos.
Art. 7: Respetar a todos los integrantes de la Comunidad Educativa..
Art. 8: Reconocer como superior inmediato al Vicedirector del Establecimiento.
Art. 9: Ser comprensivo, cordial, responsable, no discriminativo, equitativo, solidario y organizado.
Art. 10: Desempeñar sus funciones de acuerdo a las Normativas y Legislación Escolar vigentes.
Art. 11: Aplicar estrictamente los reglamentos (AEC y reglamento interno de Biblioteca) sin perjuicio de arbitrar por su propia iniciativa aquellas medidas que crea necesarias para el desempeño de las actividades en esta dependencia.
Art.12: Cumplir con el horario establecido (7:30 a 12:30 hs.). Establecer un horario para ausentarse de la biblioteca, durante un período no mayor a 15 minutos.
Art. 13: Elevar periódicamente, a la dirección, los ejemplares que se aconsejan adquirir, previa consulta al personal docente.
Art. 14: Gestionar la adquisición u obtención gratuita de publicaciones de carácter científico o literario que el personal docente aconseje, con conocimiento por parte de los Directivos.
Art. 15: Al finalizar el período lectivo el bibliotecario elevará a la dirección una estadística del movimiento anual.
Art. 16: Presentarse con atuendos formales y acordes a su función.
Art. 17: No corresponde al bibliotecario:
Inc. a: Ocuparse de asuntos ajenos al servicio durante las horas de trabajo.
Inc. b: Abandonar la biblioteca en manos de alumnos o de personal que no corresponde a la misma.
Son derechos del Gabinete psicopedagógico:
Art. 1: Ser respetados y apoyados por el resto de la Comunidad Educativa.
Art. 2: Capacitarse periódicamente.
Art. 3: Trabajar en un ambiente de cordialidad y camaradería.
Art. 4: Contar con la colaboración de preceptores, docentes y demás integrantes del Establecimiento, con profesionales privados que atienden a los alumnos y con la familia.
Son deberes del Gabinete psicopedagógico:
Art. 5: Actualizarse permanentemente sobre temas vinculados a problemáticas de los estudiantes.
Art. 6: Ser comprensivos, respetuosos, cordiales, responsables, no discriminativo, equitativos, solidarios y organizados.
Art. 7: Presentarse con atuendos formales y acordes a su función.
Art. 8: Trabajar en forma conjunta con los demás integrantes de la Comunidad Educativa.
Art. 9: Cumplir con los horarios establecidos.
Art. 10: Realizar sus funciones acorde a las tareas asignadas por la Legislación Escolar y Normativas vigentes.
Son derechos del Personal de Maestranza:
Art. 1: Ser respetados, acompañados y apoyados en su tarea por el resto de la Comunidad Educativa.
Art. 2: Contar con la colaboración de los preceptores, docentes, alumnos y demás integrantes de la Comunidad Educativa en el mantenimiento y cuidado de la higiene y de los espacios utilizados.
Art. 3: No se podrán incluir entre sus obligaciones servicios personales o atenciones domésticas – escolares.
Son deberes del Personal de Maestranza:
Art. 4: Ser amable, no discriminativo, atento y solícito ante los requerimientos de los docentes, estudiantes y demás miembros de la Comunidad Educativa.
Art. 5: Atender a los requerimientos de los estudiantes dentro del Establecimiento y no fuera, colaborando con la formación de la responsabilidad y el respeto hacia la tarea del otro.
Art. 6: Cumplir con sus obligaciones establecidas por Ley, Convenio y Reglamentación Interna.
Son derechos de los los Padres o Tutores:
Los padres o tutores son los primeros responsables de la formación humana y educación de los hijos por lo cual deberán demostrar interés en las actividades del estudiante, ejerciendo su influencia y tomando las medidas que consideren justas para acompañar a la escuela en su formación integral delegando responsabilidades paulatinamente en sus hijos en la medida que consideren conveniente de acuerdo a la edad y madurez del mismo.
Son derechos de los los Padres o Tutores:
Art. 1: Ser respetados sin discriminación por los directivos, docentes, preceptores y demás personal del establecimiento.
Art. 2: Recibir información acerca de sus hijos sobre:
Inc. a: Logros destacados
Inc. b: Procesos y resultados de aprendizajes.
Inc. c: Dificultades en su conducta que alteren la convivencia institucional (aula, recreos, actividades extra programadas, laboratorio, biblioteca, cantina, educación física, viajes educativos, convivencias, campamentos, etc.)
Inc. d: Actividades escolares curriculares y extracurriculares que organiza la escuela.
Son deberes de los padres y/o tutores de los alumnos:
Art. 3: Ser comprensivos, respetuosos, cordiales, responsables no discriminativo, equitativos, solidarios y organizados.
Art. 4: Asistir a las entrevistas y/o reuniones solicitadas por el personal del Establecimiento en tiempo y forma.
Art. 5: Registrar su firma debidamente, todos los años.
Art. 6: En caso de ausencia nombrar un representante de su hijo, de acuerdo con las disposiciones de la Institución.
Art. 7: Solicitar con anticipación, en lo posible por escrito, las entrevistas con cualquier integrante de la Comunidad Educativa.
Art. 8: Cooperar con la tarea de la escuela en la formación de sus hijos.
Art. 9: Justificar las inasistencias de sus hijos dentro de los plazos establecidos.
Art. 10: Notificarse en forma sistemática de las notas del cuaderno de comunicación y la documentación solicitada. Éste será enviado diariamente para ser leído y firmado por los padres, regresándolo al día siguiente.
Art. 11: Responsabilizarse de los daños causados por sus hijos a instalaciones, materiales didácticos, mobiliarios, aparatos tecnológicos del colegio o pertenencias de sus compañeros.
Art. 12: Enviar a sus hijos con el uniforme reglamentario completo y en condiciones adecuadas y el material necesario para realizar las actividades correspondientes.
Art. 13: Informar sobre cualquier inconveniente o problema que afecte psíquica y/o físicamente a sus hijos.
Art. 14: Enviar a sus hijos al colegio en buen estado de salud y en caso de haber estado enfermos o con alguna causa traumatológica, con el alta médica correspondiente.
Art. 15: Colaborar en la realización de actividades extra escolares que signifiquen un beneficio en la formación integral de los alumnos.
Art. 16: Autorizar por escrito la concurrencia de los hijos a paseos y/ o actividades programadas por el colegio.
Art. 17: Respetar el espacio previsto para el estacionamiento de los transportes escolares y el acceso de vehículos de las viviendas aledañas.
Art. 18: No agraviar, menospreciar y/o juzgar las actividades y/o actitudes de los integrantes de la Comunidad Educativa delante de los alumnos. (El diálogo entre las partes es un camino que presenta mayores posibilidades para resolver dificultades, y un ejemplo más constructivo para los jóvenes).
Art. 19: Enviar en fecha y forma la documentación requerida.
Art. 20: Mantener actualizado el domicilio y los teléfonos familiares.
Art. 21: Abonar en término los aranceles escolares.
Art. 22: Respetar todas las normativas emanadas de la Institución y que contribuyen al mejoramiento de su funcionamiento y de la convivencia entre todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
Aprender el respeto por la norma, comprender su sentido, participar en su producción y aceptar límites es un modo decisivo de aprender a respetar la ley que, a su vez, es una parte importante del desarrollo de una cultura democrática y define un modo de relacionarse.
En nuestra Institución nos preocupamos por lograr un buen clima de trabajo, respeto por el otro, aceptando las diferencias y estableciendo vínculos solidarios para lograr de este modo una mejor convivencia.
Art. 1: Ser compañeros, respetuosos, integrados a la Comunidad Educativa, disciplinados, estudiosos, interesados, críticos, creativos, cooperadores y sinceros, desenvolverse con buen comportamiento durante la hora de clase permitiendo el normal desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje.
Art. 2: Participar activa y responsablemente en la concreción de los proyectos y propuestas emanadas por la Institución Educativa.
Art. 3: Si acordamos que los vínculos se construyen desde el respeto, los alumnos se dirigirán a todo el personal del Establecimiento Educativo: directivos, personal docente, no docente, maestranza y seguridad y a sus compañeros, teniendo un trato cordial, sincero y solidario con todos. Evitando el uso de términos o actitudes groseras, ofensivas o descalificadoras en forma oral, escrita o a través de las redes sociales para referirse a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, tanto en el interior como en el exterior del Establecimiento.
Art. 4: Para conseguir que se logren los aprendizajes es importante asistir a clases con todos los materiales, útiles, trabajos y tareas necesarios para la realización de las actividades correspondientes a las disciplinas del día y abstenerse de llevar elementos ajenos al ámbito escolar que pongan en riesgo su integridad y la de sus compañeros (elementos cortantes, armas, iniciadores de fuego, etc.) o bien elementos que desprestigien los valores morales, patrios o religiosos (panfletos, revistas, etc.).
Art. 5: El acto educativo necesita un clima de trabajo sostenido en algunos aspectos fundamentales: asistir puntualmente a clase y conducirse en ella con aplicación, corrección y decoro, actuar de manera tal que primen los buenos hábitos como pedir la palabra, no interrumpir cuando otro habla, utilizar un vocabulario adecuado, etc.
Art. 6: Evitar el consumo de bebidas, golosinas o alimentos durante el dictado de clases, excepto que su necesidad esté avalado por un certificado médico y autorizado por el Equipo Directivo del Instituto.
Art. 7: Las ausencias a clase no serán justificación para incumplir la tarea o para desconocer lo solicitado o comunicado, ya que los alumnos deben cooperar y generar relaciones interpersonales de responsabilidad y solidaridad brindando la información de lo trabajado en clases.
Art. 8: Es importante participar de los actos escolares y celebraciones religiosas, respetando los símbolos patrios y religiosos. No corresponde, entonces, molestar, negarse a izar o arriar la bandera con las excepciones que establecen otras religiones, mostrar posturas inadecuadas en los actos como reírse, comer, silbar y no cantar el Himno Nacional Argentino y/o canciones oficiales que competen a cada acto.
En nuestra Institución propiciamos que los alumnos reconozcan como primordial el cuidado personal, la salud física y psíquica personal y colectiva por lo que se exigirá que presenten carnet de vacunación actualizado y Certificados de Salud renovado para Educación Física o para salidas educativas.
Asimismo se trabajará preventivamente no permitiendo que:
Art. 9: Se fume, se consuman bebidas alcohólicas, estupefacientes, drogas o sustancias tóxicas que alteren la conducta dentro de las instalaciones escolares o en el perímetro, en viajes educativos, campamentos u otros eventos donde participe como miembro del Establecimiento. Asimismo, no se permitirá la portación de los mencionados elementos, la concurrencia y/o permanencia en cualquier espacio de aprendizaje bajo los efectos de alguna sustancia.
Art. 10: Se porten o se utilicen elementos que pongan en peligro la seguridad individual de cualquier actor escolar o practicar juegos bruscos o violentos, realizar bromas que pudiesen atentar contra la integridad física propia o de otras personas.
Art. 11: Sustraigan, hurten, destruyan o estropeen elementos pertenecientes a compañeros o personal del Establecimiento Escolar.
Art. 12: Agredan, amenacen física, verbal o psicológicamente a un miembro de la Comunidad Educativa, en forma individual o grupal, dentro o fuera del Establecimiento Escolar.
Para nuestro accionar diario tenemos una organización instituida, pautas de trabajo, horarios, principios primordiales para el desarrollo de las tareas cotidianas, por lo que se establece:
Que las reglamentaciones que abarcan las asistencias e inasistencias de los alumnos y alumnas de la escuela tengan en apariencia un criterio rígido, se intenta establecer cierto orden para la mejor convivencia de todos los que circulan en la institución. Además se contemplan todas las situaciones particulares que determinen la posibilidad de pérdida de la regularidad de los alumnos, y con el acompañamiento de las familias se promueve la continuidad de los alumnos en la Institución.
Art. 13: El horario de ingreso a la Institución: 7:40 horas. Se requiere ser puntuales.
Inc. a: Se considera llegada tarde el arribo al Instituto después del segundo toque de timbre (7:45 horas), permitiéndose el ingreso una vez finalizada la formación (7:50 horas aprox.), motivo por el cual el alumno incurrirá en media falta.
Inc. b: Se computa falta completa pasadas las 8:30 horas debiendo el alumno ingresar acompañado por un adulto y permanecerá en el Establecimiento sin posibilidad de ser evaluado.
Art. 14: La responsabilidad por la seguridad de los alumnos es de los adultos que están a cargo de ellos pero también es competencia de los propios jóvenes ser conscientes de los peligros que se pueden presentar por retirarse del Establecimiento una vez ingresado sin la autorización correspondiente debiendo permanecer en el aula o en el espacio donde se desarrolle la clase y evitando salir sin el permiso del profesor.
Inc. a: El alumno no puede retirarse del establecimiento con una nota proveniente del hogar, ni con un llamado telefónico; la solicitud de retiro deberá ser realizada por sus padres o tutor en forma personal.
Inc. b: El alumno que, una vez iniciadas las clases, se retire del Instituto con la autorización correspondiente, incurrirá en 1 (una) falta completa si no ha permanecido durante las 4 (cuatro) primeras horas de clase (10:35 h.), y en ½ falta si su retiro se produce con posterioridad y hasta el momento de toque de timbre de salida.
Art. 15: El ámbito educativo a través de su Legislación Escolar establece un régimen de inasistencia que los alumnos deben conocer para poder cumplir responsablemente.
Inc. a: La inasistencia a clase de contra turno del CE (Ciclo de Especialidad), será considerada como falta completa porque la disciplina que se dicta en esa instancia corresponde a la Especialidad.
Inc. b: La inasistencia a clase de contra turno del CB (Ciclo Básico), será considerada como ½ falta.
Inc. c: La inasistencia a clase de Educación Física por la tarde significará media falta. El alumno deberá asistir al 80% del total de las clases previstas para el período escolar; caso contrario perderá la regularidad de esta disciplina, debiendo continuar asistiendo a las clases de Educación Física ya que la no concurrencia será computada en las inasistencias generales. El alumno que ha perdido la regularidad rendirá Coloquio de la asignatura en el mes de Diciembre.
Inc. d: Las inasistencias deberán ser justificadas dentro de las 72 (setenta y dos) horas por los padres o tutor en el Instituto. En caso de enfermedad se sugiere la presentación de certificado médico.
Inc. e: La inasistencia a una evaluación o trabajo práctico avisados con anterioridad tendrá que ser justificada por los padres o tutor dentro de las 72 (setenta y dos) horas posteriores a la fecha de su realización. Dicha justificación será con certificado médico o por cualquier otra causa debidamente justificada por los padres o tutor en el Instituto. De proceder así la evaluación será realizada el día que el docente acuerde con el alumno, de lo contrario será calificado por su incumplimiento
Inc. f: Todas las actividades educativas extra-áulicas organizadas por el Instituto tienen carácter de obligatorias y en caso de ausencia corresponderá inasistencia.
Art. 16: El ámbito educativo a través de su Legislación Escolar establece un régimen de reincorporación que los alumnos deben conocer:
Inc. a: El alumno que durante el año lectivo incurriera en 15 (quince) inasistencias quedará en condición de “libre por inasistencias”.
Inc. b: El alumno podrá ser reincorporado siempre que las ¾ partes de sus inasistencias estén justificadas y si tiene la aprobación de todos los profesores pertenecientes al curso al cual concurre.
Inc. c: El alumno reincorporado por primera vez, y que incurriera en 10 (diez) nuevas inasistencias perderá nuevamente su condición de regular. Solamente podrá ser reincorporado por segunda vez si todas sus inasistencias han sido justificadas y si tiene la aprobación positiva de todos los profesores pertenecientes al curso al cual concurre.
Inc. d: La solicitud de reincorporación por parte de los padres o tutor deberá ser realizada dentro de las 72 (setenta y dos) horas posteriores al día en que el alumno quedó libre.
Inc. e: La reincorporación implica el reingreso del alumno al Instituto y, por consiguiente, una nueva matriculació
Inc. f: El no cumplimiento de lo especificado en los incisos d y e significará que el alumno ha perdido su regularidad y será considerado como “libre por inasistencias”, debiendo rendir como libre todas las asignaturas en los turnos de exámenes correspondientes y para lo cual deberá solicitar mesa de exámenes a la Secretaría del Instituto.
Art. 17: Las instituciones escolares requieren de documentos oficiales que hacen a la organicidad de la tarea cotidiana, por ello los alumnos:
Inc. a) no deberán manipular, registrar y/o alterar información en el Libro de Temas; ya que su uso es exclusivo de los profesores para asentar los contenidos desarrollados y las actividades propuestas para cada hora de clase en cada Asignatura.
Inc. b) devolverán dentro de las 48 horas toda la documentación emanada por la Institución Educativa que le sea entregada oportunamente con la firma de los padres o tutor y en las condiciones pertinentes como así también la presentación de toda documentación solicitada por el personal del Establecimiento referidos a: diagnósticos o tratamientos Médicos, Psicológicos, Psicopedagógicos, etc. que al alumno se le hayan solicitado.
Art. 18: El Cuaderno de Comunicaciones es el nexo de relación permanente entre padres y docentes, así se logra el seguimiento regular del alumno.
Inc. a: El Cuaderno de Comunicaciones es un documento y tiene que estar diariamente en poder del alumno para presentarlo cada vez que el docente / preceptor lo requiera.
Inc. b: El Cuaderno de Comunicaciones tiene que estar en condiciones óptimas de prolijidad y limpieza y completos los datos del alumno y padres o tutor, no maltratarlo y permanecer en estas condiciones durante todo el ciclo lectivo. Ante la pérdida del mismo deberá ser repuesto automáticamente.
Inc. c: En el Cuaderno de Comunicaciones deben firmarse diariamente todas las notificaciones que se realizan en él (calificaciones, circulares, conductas valorativas, retiros anticipados, solicitudes de evaluación y sanciones).
Art. 19: El uso del baño y la concurrencia a la cantina escolar se podrán realizar durante el tiempo libre correspondiente a los recreos de 9 a 9: 15 horas y 10:35 a 10:50 horas. Con el toque de timbre y cambio de hora de las 12:05 h. (donde no hay recreo) se autorizará la concurrencia al baño con conocimiento y autorización del docente.
Art. 20: Portar y/o escoltar la Bandera de Ceremonias y la Bandera Papal significa una distinción para aquellos que por sus méritos se hagan acreedores al alto honor de representar a la Comunidad Escolar, por tal razón se enfatiza sobre la importancia y responsabilidad con que se debe participar en el proceso de selección, como una actividad educativa permanente, fortalecedora del espíritu democrático:
Inc. a: En dicha elección participan docentes, preceptores y directivos de la Institución.
Inc. b: Los criterios institucionales dispuestos para dicha selección son:
- Legislación Escolar vigente
- Perfil del alumno egresado de cada carrera
- Su integralidad (logros de aprendizaje, niveles de participación, compromiso con la Institución, comunicación, solidaridad, etc.)
- Nuestra Institución pretende conservar la finalidad propia de enseñar y aprender y contribuimos con nuestros modales y formas de vestir.
Art. 21: Asistir al Establecimiento Educativo en buenas condiciones de higiene y pulcritud, con la vestimenta en buen estado de presentación.
Art. 22: Concurrir al Instituto respetando el Uniforme Reglamentario establecido.
Inc. a: Se utilizarán dos uniformes para CLASES durante el transcurso del año, uno en época de verano y otro en época de invierno.
Época de verano:
- Equipo de Educación Física del Instituto
- Chomba con monograma del Instituto. No otra. La misma debe ser lo suficientemente larga para cubrir la parte superior del pantalón.
- Zapatillas blancas, grises, negras o azul oscuro, con cordones del mismo color
Época de invierno:
- Equipo de Educación Física del Instituto.
- Polera gris perla o chomba mangas largas con monograma del Instituto.
- Buzo polar bordó con monograma del Instituto. No otro.
- Campera color negra con monograma del Instituto. No otra.
- Zapatillas blancas, grises, negras o azul oscuro, con los cordones del mismo color.
Inc. b: Se utilizará para Educación Física el uniforme reglamentario:
- Equipo de Educación física del Instituto.
- Chomba con monograma del Instituto o musculosa de Educación Física para las mujeres (opcional).
- Pantalón corto tipo short gris para el verano (opcional).
Inc. c: En los viajes educativos o en otros eventos donde participe como miembro del Establecimiento se vestirá el Uniforme Reglamentario del Instituto.
Art. 23: Presentación personal correcta tanto en verano como en invierno:
Mujeres: cabello aseado, flequillo arriba de las cejas, rostro despejado, sin rastas, solo se permitirá la tintura y el esmalte de uñas de un color delicado y natural, sin maquillaje facial y uso de aritos solamente en las orejas (evitar aros largos), sin piercing ni tatuajes a la vista. Los accesorios para el cabello y el cuello (moños, vinchas, hebillas, bufandas, pañuelos, etc.) deben ser lisos y de colores gris, negro o bordó.
Varones: cabello corto, aseado y prolijo, sin rastas, no teñido, flequillo arriba de las cejas, rostro despejado. Afeitado. Sin aritos ni tatuajes a la vista.
Art. 24: Si bien las nuevas tecnologías permiten una comunicación fluida; en el ámbito de interlocución docente-alumno durante el desarrollo de la clase estos elementos interrumpen su ejecución, resguardando dicho proceso de enseñanza y aprendizaje:
Inc. a: No se permitirá el uso de aparatos tecnológicos (teléfono celular, MP3, MP4, MP5, IPOD, etc.) en ningún espacio dentro de la Institución. En caso de que los familiares se deban comunicar con el alumno, lo harán a los teléfonos del Establecimiento.
Inc. b: El uso de cámaras fotográficas, cámaras digitales, grabadores o aparatos similares, etc., dentro del Establecimiento, deberá ser previamente autorizado por preceptores, docentes y directivos.
Inc. c: No será responsabilidad del Instituto ni la de sus miembros, la pérdida o rotura de los elementos tecnológicos mencionados en los incisos a y b que pudiera poseer el alumno en el Establecimiento.
En un ambiente educativo debemos desenvolvernos con responsabilidad y libertad en los diferentes espacios del Establecimiento.
Art. 25: Los alumnos no pueden permanecer en las aulas durante los recreos para evitar pérdidas o daños en objetos o prendas de vestir de los compañeros y/o cualquier inconveniente que pudiera generar malos entendidos o discordia dentro del grupo o en un aula ajena a la correspondiente, debiendo realizar el necesario esparcimiento en los sitios del colegio propios para tal fin. Se utilizará este tiempo para ventilar el aula.
Art. 26: Los alumnos deben ser respetuosos de las normas de seguridad en el Laboratorio y cuidar en su manipulación todos los materiales, instrumentos e instalaciones que posee el mismo.
Art. 27: Los alumnos deben devolver oportunamente, sin deterioro y en los plazos establecidos los libros solicitados a la Biblioteca, como también aquellos que son de uso anual pero que pertenecen al Instituto.
Art. 28: Utilizar las computadoras que se encuentran a disposición de los alumnos en Biblioteca o en el Gabinete de Informática sólo con fines educativos y quedando prohibido su uso para chat, Messenger, fotolog, facebook, bajar música, videos o imágenes diversas.
Art. 29: Cuidar los elementos, insumos e instalaciones propias de Educación Física.
Art. 30: Para cuidar la higiene y limpieza de los equipos, materiales, instalaciones de los distintos espacios de aprendizaje no se permite que se lleven alimentos y bebidas para consumir.
Art. 31: Romper mobiliario, dañar o escribir paredes, puertas, bancos, sillas, etc. del Establecimiento determina que el/los alumno/s tendrá/n la obligación de limpiar lo que ensució/ensuciaron, de reparar o reponer lo que rompió o rompieron.
Art 32: Ser respetuosos y solidarios con el personal de maestranza de la Comunidad Educativa cuidando la higiene del Establecimiento, cooperando activamente en el mantenimiento de las instalaciones, mobiliarios, aparatos tecnológicos, material didáctico y demás insumos que se requieran para mejorar sus condiciones de aprendizaje y convivencia en la Institución.
En nuestra Institución se permiten las libertades de expresión y actuación, puestas de manifiesto en:
Art. 33: Respeto por la individualidad de la persona, por esta razón no se permitirán amenazas de ninguna índole, actos de discriminación, agresiones verbales, físicas o psicológicas.
Art. 34: Canalizar las inquietudes de manera constructiva y dando opiniones fundamentadas.
Art. 35: Presentar predisposición para resolver los conflictos de manera pacífica, sin agresiones ni discriminaciones hacia otros.
Art. 36: Asumir con total responsabilidad y verdad sus propios actos, sin deformarlos, ni comprometer a otros con su forma de actuar (adulterar firmas, notas, calificaciones, copias de escritos, etc.) y haciéndose cargo materialmente de los arreglos de las roturas provocadas.
Art. 37: Eliminar las actitudes de soberbia, desprecio, burlas a las diferencias, etc. y conversaciones, palabras y críticas que desmerezcan a cualquier persona integrante de la Comunidad Educativa.
Art. 38: Pueden asociarse integrando el Centro de Estudiantes como oportunidad de promoción de su desarrollo integral, basándose en el respeto y la armonía de la convivencia democrática, la formación moral e intelectual de los estudiantes, el desarrollo físico y el bienestar de los mismos.
Inc. a: Para ser elegido Presidente o Vicepresidente del Centro de Estudiantes es necesario:
- Ser comprensivos, respetuosos, cordiales, responsables, no discriminativos, equitativos, solidarios y organizados.
- Estar cursando al momento de la elección 4to. o 5to. año
- Mantener condiciones de conducta y estudio: no tener más de tres materias sin promedio, no tener menos de bueno en conducta y no tener sanciones disciplinarias en su trayecto escolar.
Inc. b: Para ser elegido Secretario del Centro de Estudiantes es necesario:
- Ser comprensivos, respetuosos, cordiales, responsables, no discriminativos, equitativos, solidarios y organizados.
- Estar cursando al momento de la elección 3ro., 4to. o 5to. año
- Mantener condiciones de conducta y estudio: no tener más de tres materias sin promedio, no tener menos de bueno en conducta y no tener sanciones disciplinarias en su trayecto escolar.
Inc. c: Para ser elegidos Delegados de curso es necesario:
Ser comprensivos, respetuosos, cordiales, responsables, no discriminativos, equitativos, solidarios y organizados.
Cumplir los mismos requisitos que para ser miembro de la Comisión Directiva.
Art. 39: Las sanciones a aplicar tendrán en cuenta el tenor de la falta cometida, su mayor o menor gravedad y sus consecuencias reales, si existió premeditación, intencionalidad o negligencia en el perjuicio causado a otros o a la Institución misma. Por ello las faltas se graduarán como leves, graves y muy graves, teniendo en cuenta la reiteración de las acciones cometidas, lo que agravará las mismas.
Se consideran leves aquellas conductas que ameriten un cambio de actitud o de vocabulario del estudiante a través de la reflexión sobre lo adquirido en su contexto socio-cultural, en los medios de comunicación y causadas por su madurez, propia de la edad, también aquellas actitudes que jóvenes y adolescentes transgreden desde su propia escala de valores, por ejemplo expresiones verbales inadecuadas.
Falta grave: se considerarán aquellas conductas que tengan la intencionalidad de causar daño a personas o cosas dentro de la Institución y/o la reincidencia en faltas leves puesto que esto demostraría intención, aquellas actitudes que transgredan las normas establecidas, y que pongan en peligro su persona y las de los demás. Por ejemplo falsificación o adulteración de documentos, retirarse de la escuela sin autorización, introducir al establecimiento sustancias tóxicas, alcohol, estupefacientes, reiteración de faltas leves, etc.
Se considerarán muy grave, aquellas conductas que se constituyan como acción violenta física o psicológica, el abuso de poder y la discriminación y la reiteración de faltas graves.
Ante una falta calificada como leve se considerarán las etapas:
– Instancia de diálogo.
– Llamados de atención oral y escrito. (Es un llamado a la reflexión inmediata)
– Acción reparadora. Se acuerda que la acción reparadora, consistirá en un acto concreto de parte del estudiante destinado a reestablecer las cosas a su estado anterior al hecho, reflexionar sobre su actitud y conducta futura. Los responsables de la Institución evaluarán las acciones a implementar teniendo en cuenta las características del estudiante, las circunstancias en las que se aplica, los derechos, obligaciones que le asisten, etc.
– Acta: el alumno se compromete a reflexionar sobre su comportamiento inadecuado buscando la modificación de su conducta a partir de la toma de conciencia respecto a las consecuencias de la trasgresión cometida y de la asunción de un compromiso.
– Acta de compromiso, es un Acta por el cual estudiantes y padres se comprometen a cumplir con lo pactado en el marco de los Acuerdos Escolares de Convivencia.
Ante una falta calificada como grave se considerarán las etapas:
– Tareas comunitarias: Dependiendo de la acción: limpieza, ayuda a otros compañeros, colaboración en eventos y actos escolares.
– Amonestaciones (Acumulación de hasta 20 por año)
– No participación en actividades planificadas fuera del ámbito escolar (viaje educativo) o en los talleres extraescolares (taller literario, deporte en la escuela, etc.)
– Suspensión temporal: es una sanción que consiste en la inasistencia a clases y la prohibición de permanecer dentro del Establecimiento Escolar por parte del estudiante con el objeto de que reflexione profundamente respecto a su falta y a la actitud que adoptará en el futuro. Se pautarán el cumplimiento de un plan de tareas pedagógicas que los docentes elaborarán en función de los contenidos que se desarrollen en el lapso correspondiente. Notificados los padres o tutor de las condiciones de separación, aquél no podrá reintegrarse hasta tanto se cumpla el plazo de la sanción.
– Cambio de división, es una acción que pretende brindar al estudiante con dificultades en su conducta la posibilidad de reflexionar y reformularla.
Los procesos de acompañamiento frente a incumplimientos de las normas de los alumnos requieren establecer también procedimientos reglamentarios que permitan trabajar con principios de igualdad y justicia con la totalidad de los alumnos. El enunciado de motivos y sus posibles sanciones son a los efectos establecer parámetros comunes:
Art. 40: Las sanciones disciplinarias que se aplicarán en cada caso de trasgresión a las normas establecidas por estos Acuerdos de Convivencia Escolar serán determinadas por la Dirección tomando como referencia los siguientes apartados:
Inc. a: Se hará un llamado de atención y firma en el Cuaderno de Comunicaciones por toda falta considerada leve, a saber:
Incumplimiento del uniforme reglamentario.
Devolución fuera de término de todo tipo de documentación.
Conversar y/o molestar en el aula, formación, actos, celebraciones religiosas y actividades extra-áulicas.
Entrar a aulas distintas de las que corresponde a cada alumno.
Circular sin autorización durante las horas de clase por pasillos, galerías y patios.
Permanecer dentro del aula durante actos, formación y recreos.
Descuidar la higiene y el orden de cualquier espacio del edificio escolar.
No presentar el Cuaderno de Comunicaciones.
Comer golosinas, alimentos, mascar chicles, o beber en el aula, formación, actos, celebraciones religiosas, clases de Educación Física o en el ámbito en que se desarrolle la clase.
No asistir a un acto cívico, deportivo, cultural u otro tipo al cual haya comprometido su asistencia.
Durante el dictado de una materia realizar actividades relacionadas con otra disciplina.
Inc. b: El alumno no podrá acumular más de 2 (dos) llamados de atención durante el año lectivo. Una vez agotados los mismos, las faltas leves se sancionarán con dos amonestaciones. En el caso de incumplimiento del uniforme reglamentario y no presentación del Cuaderno de Comunicaciones la sanción será de una amonestación.
Inc. c: Se aplicará una sanción de 2 (dos) a 5 (cinco) amonestaciones ante las siguientes faltas:
Expresar actitudes de falta de respeto en una celebración religiosa, patriótica, homenaje a los símbolos patrios, en campamentos, viajes educativos, formación.
Ausentarse del aula en horas de clase, contraturnos o Educación Física sin autorización.
Ingresar tarde al aula después del recreo o cambio de hora sin autorización.
Generar indisciplinas en aulas, actos, celebraciones religiosas, y en toda otra actividad escolar realizada en el edificio escolar o fuera de él.
Agruparse en las galerías o pasillos durante la toma de exámenes.
Proferir gritos, silbidos, abucheos, etc. hacia compañeros y/o personal de la Institución.
Traer a clase cualquier elemento ajeno a la actividad escolar.
Descuidar reiteradamente la higiene del edificio escolar y/o personal.
Utilizar el teléfono celular en cualquier ámbito de la escuela.
Utilizar MP3, MP4, MP5, IPOD, cámara digital, etc. y/o cualquier otro aparato tecnológico sin autorización.
Tirarse flatulencias o realizar eructos intencionados en clase o en cualquier espacio donde se lleve a cabo a la misma.
Hurtar elementos pertenecientes a compañeros, docentes o a la Institución.
Realizar, dentro o fuera de la escuela, actos que comprometan el prestigio de la Institución.
Promover o efectuar colectas, cualquiera sea su fin, sin la debida autorización de Dirección.
Inc. d: Se aplicará una sanción de 10 (diez) amonestaciones ante las siguientes faltas:
Proferir o escribir groserías o insultos hacia compañeros y/o personal de la Institución.
Expresarse con gestos groseros hacia compañeros y/o personal de la Institución.
Retirarse del establecimiento sin la autorización correspondiente.
Deteriorar o adulterar documentos de la Institución, propios o ajenos.
Falsificar o adulterar firmas.
Alterar el orden en cualquier parte del edificio escolar con elementos extraños varios (pirotecnia, bombas de olor, etc), en cualquier horario.
Fumar, consumir bebidas alcohólicas, estupefacientes, drogas o sustancias tóxicas dentro de la Institución o fuera de la misma con el uniforme reglamentario.
Inc. e: Al alumno que genera daño intencional al edificio, muebles, materiales o elementos se le aplicará una sanción de 2 (dos) a 15 (quince) amonestaciones, debiendo además reponer o reparar el daño ocasionado.
Inc. f: Al alumno que genera acciones que pongan en riesgo la integridad física de personas que forman parte de la Comunidad Educativa o ajena a la misma, se le aplicará una sanción de 10 (diez) a 20 (veinte) amonestaciones.
Inc. g: Si un alumno incurriera en alguna falta no preestablecida en estos Acuerdos de Convivencia Escolar, la misma será analizada por el Equipo Directivo de la Institución y de acuerdo a la gravedad del hecho, se determinará la sanción disciplinaria correspondiente, que podría llegar al máximo de 20 (veinte) amonestaciones, con la consiguiente separación del alumno como “regular”, según se especifica en el inciso h.
Inc. h: Según la Legislación Escolar alcanzará la pérdida del derecho a la reincorporación:
Todo alumno que completara las 20 (veinte) amonestaciones será sancionado con la pérdida de su condición de alumno regular.
Esta sanción sólo será resuelta por el Consejo de Profesores del curso al cual pertenece el alumno afectado, convocado y presidido por el Equipo Directivo.
El Consejo de Profesores deberá tener una asistencia mínima de las dos terceras partes del total de los profesores del curso al cual pertenece el alumno.
El alumno, antes de ser sancionado, tiene derecho a ser escuchado por el Consejo de Profesores.
De todo lo tratado y resuelto se labrará un acta que firmarán todos los presentes y que será leída a los padres o tutor del alumno, quienes firmarán como “notificados”.
Inc. i: Toda sanción disciplinaria será firmada por la Jefa de Preceptores o el Equipo Directivo.
Inc. J: Toda sanción disciplinaria será notificada a los padres o tutor del alumno a través del parte de sanción disciplinaria y del Cuaderno de Comunicaciones, siendo así mismo asentadas en el Boletín de Calificaciones y en el Registro de Disciplina.
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Para consultas generales a la Institución, completa el siguiente formulario: